RESPUESTA: Sí se puede. Hay que validar qué dice la escritura; ya que una es el área privada que no incluye muros...
RESPUESTA: Sí se puede. Hay que validar qué dice la escritura; ya que una es el área privada que no incluye muros, por lo tanto, su metraje es inferior a los metros construidos y otra es el área construida que incluye todos los muros, entonces se debe revisar si los 62 mts2 son de área construida y los 48 mts2 de área privada.
Si por el contrario, esta situación no es por el tema anterior, sino por la falta de legalización de unos metros de área construida, lo ideal es que quede el metraje que corresponde en documentos y legalizar la construcción si no se ha hecho ante curaduría. Esto se llama: Acto de reconocimiento de construcción.
En el caso de que sea por un error de digitación en escrituras, se puede proceder a corregir, revisando las anteriores escrituras para establecer donde está el error.
Si el metraje está errado en todas las escrituras, se debe pedir un informe topográfico, allegarlo a planeación o catastro, solicitar la corrección y registrar la resolución en la Oficina de Instrumentos Públicos o en su defecto elevarla a escritura pública y registrar esta, depende donde está el inmueble y los organismos administrativos que hay en este sector.
Ahora bien, cuando la compra es con el banco, ellos en esos aspectos tienen sus propias políticas, pero si el perito avaluador del banco, está colocando lo mismo que dicen los documentos, no habría inconveniente para un desembolso ; en caso contrario, hay bancos que no realizan préstamos ni desembolsan dinero en esas condiciones, bien sea hasta que se haga la claridad por escritura y se registre en la oficina de instrumentos públicos o bien hasta que se legalice la construcción que no ha sido reconocida con licencia de curaduría.