Glosario de La Agencia Inmobiliaria
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Cesión de Crédito
(Inmobiliario)

Transferencia del crédito de un banco a otro. Puede ocurrir por decisión del banco o por solicitud del deudor.

Cheque
(Inmobiliario)

Es un título valor en el que un librador emite la orden a una entidad bancaria de pagar a su tenedor una suma de dinero. Es una orden o mandato de pago sobre fondos disponibles, por lo que es pagadero a la vista.

Clasificación del suelo
(Inmobiliario)

La clasificación del  suelo en urbano, de expansión urbana, rural, suburbano y de protección, son clases y categorías establecidas en el Capítulo IV de la Ley 388 de 1997. Por lo tanto, para establecer si un predio se encuentra dentro de cualquiera de ellas, el único elemento a tener en cuenta es el acuerdo que adopta el Plan de Ordenamiento Territorial que define dicha clasificación.  (Ver artículos 30 a 35 de la Ley 388 de 1997). 

Cláusula
(Inmobiliario)

Es un tipo de estipulación legal que forma un contrato, que tiene lugar en razón a un negocio jurídico. Se rige por el principio de la autonomía de la voluntad sin contradecir la ley.

Cláusula Penal
(Inmobiliario)

Es una disposición contractual en virtud de la cual el deudor de una  obligación se compromete al cumplimiento de una penalidad en el evento de que no se ejecute o que se retarde la satisfacción de la obligación a su cargo. (art.1592 código civil).

Cláusula Resolutoria o Condición Resolutoria
(Inmobiliario)

Aquella que se pacta para determinar que el contrato se terminará, no se llevará a cabo, si no se cumple una situación específica.

Cláusula Suspensiva
(Inmobiliario)

Aquella que se redacta cuando el cumplimiento de una obligación no depende de las partes sino de la ocurrencia de una circunstancia o hecho de un tercero, de tal forma que en caso de no acontecer ese hecho no se penalice a la parte por no cumplir con la obligación que dependía de la ocurrencia de esa condición.

Cobertura contra la Inflación
(Inmobiliario)

Mecanismo ofrecido por FOGAFIN que les garantiza a los deudores hipotecarios una inflación definida desde el principio, de manera que los protege contra aumentos de la inflación (UVR) por encima de ese nivel.

Cobro Jurídico
(Jurídico)

Es aquel cobro que se realiza luego de haber agotado la etapa pre jurídica o conciliatoria cuando no es posible realizar un acuerdo de pago con el deudor, lo que conlleva el inicio del proceso judicial.

Cobro Prejurídico
(Jurídico)

Es la acción que efectúa el acreedor para recaudar el valor de la obligación en mora de un deudor sin que medie un proceso judicial.